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Los excedentes de cotización en salud son una diferencia monetaria favorable para el afiliado a cualquier sistema de isapre chilena cuando la cotización legal obligatoria del 7% supera el precio del plan de salud contratado con la isapre, esto es a lo que denominamos “cotización pactada”. Recientemente, a partir del año 2020, la norma que regía sobre los excedentes de cotización en isapres fue modificada y las isapres deben devolver anualmente a sus afiliados el saldo acumulado en su cuenta individual. 

¿Tienes un plan de salud en isapre y quieres saber más sobre los excedentes de cotización? Quédate con nosotros, porque estaremos respondiendo las respuestas más buscadas en torno a este tema.

¿Para qué pueden ser ocupados los excedentes de cotización?

Desde el 1 de marzo de 2009 entra en vigencia la ley N° 20.317 que establece la irrenunciabilidad de los excedentes de cotización que se generen a favor de los afiliados o socios de cualquier Isapre del país. Estos excedentes, a partir de lo que instaura la ley, deben ser abonados a una cuenta corriente individual de excedentes que la Isapre abre para sus afiliados. 

Estos pueden ser utilizados dentro de la Isapre en los siguientes casos:

  • Cubrir las cotizaciones del plan de salud en caso de cesantía del trabajador/a
  • Pagar la totalidad o parte de una atención de salud que es de cargo del afiliado/a
  • Pagar prestaciones de salud no cubiertas por el contrato de salud, tales como: medicamentos ambulatorios, atenciones dentales, atenciones excluidas de cobertura, exámenes no codificados. 
  • Cubrir cotizaciones adicionales voluntarias. 
  • Pagar el plan de salud cuando el afiliado/a reúna los requisitos que la ley establece para pensionarse, durante el lapso comprendido entre la solicitud de la jubilación y el momento en el que esta se hace efectiva.
  • Pagar las cuotas de los préstamos de salud que la Isapre le hubiese otorgado.

Con la modificación a la ley que se realizó hace tan solo un año, las Isapres tienen el deber de devolver año a año el saldo acumulado en las cuentas individuales de sus afiliados y que no haya sido utilizado para cualquiera de los fines que hemos revisado. 

Preguntas y respuestas necesarias sobre: excedentes de cotización

A continuación, te daremos las respuestas necesarias para que sepas todo sobre los excedentes de cotización de tu isapre y, si eres una de los afiliados que tiene excedentes en su plan de salud con una isapre, pon atención para que sepas lo que pueden devolverte anualmente.

¿Cómo se generan los excedentes? 

Existen dos vías por las cuales se generan excedentes de cotización: 

  1. Cuando un afiliado o afiliada contrata un plan de salud cuyo valor es menor a su cotización legal obligatoria. 
  2. Cuando la persona ya cuenta con un plan de salud en una isapre y su remuneración aumenta después del contrato de plan. 

¿A quiénes deben hacerle devolución de excedentes de cotización? 

La devolución debe ser realizada a cada cotizante o afiliado que mantenga una cuenta individual con saldo a su favor al 31 de diciembre del año anterior. En el caso de que el cotizante desee terminar el contrato o desafiliarse de su plan de salud, se realizan los trámites correspondientes y cuando se efectúe la desafiliación, la isapre debe devolverle la totalidad del saldo acumulado en excedentes de cotización.

¿Se puede renunciar a los excedentes de cotización?

La ley N° 20.317 en el 2009 establece la irrenunciabilidad de los excedentes de cotización, como ya lo habíamos mencionado, sin embargo, un afiliado puede renunciar a ellos en el caso de que desee destinarlos a financiar los beneficios adicionales de los planes de salud que pueden ser: 

  • Individuales compensados
  • Planes grupales
  • Celebrados con las isapres cerradas

Pero, ¿Qué pasa con los contratos de salud suscritos antes del 2009, cuando aún no existía la ley 20.317? 

En todos esos contratos suscritos antes del 1 de marzo de 2009, que es cuando comenzó la vigencia de la ley 20.317 de irrenunciabilidad a los excedentes de cotización, ocurre lo siguiente: en los contratos donde se haya pactado la renuncia de excedentes, se considerará como válida dicha renuncia y producirá sus efectos hasta que el afiliado o afiliada decida retractar su renuncia, o bien cambiar de plan de salud. 

¿Cómo puedo retractar mi renuncia? 

Todas las isapres chilenas desde el 2009 fueron instruidas sobre el procedimiento de revocación de renuncia a los excedentes de cotización. Estas deben disponer en todas sus sucursales y agencias de un formulario-carta de revocación o retractación para que los usuarios que lo requieran, puedan retractarse y llevar este documento a la Superintendencia de Salud.

Recuerda que todo afiliado o afiliada que renunció en su momento para acceder a un plan con mayores beneficios puede retractarse y mantener su plan. En el caso de los afiliados o afiliadas que renunciaron a los excedentes pactando beneficios adicionales a su plan de salud no ocurrirá lo mismo, ya que al revocar la renuncia la isapre podrá dar término a estos compromisos.  

¿Qué sucede al momento de hacer efectivo el proceso de retractar mi renuncia?

Una vez presentada la carta de revocación o retractación, la isapre debe abrir una cuenta especial para el afiliado o afiliada que presentó este recurso. Esta cuenta comenzará a generar excedentes a contar del primer día del segundo mes de la fecha de retractación. 

La verdad, aún no entiendo muy bien cómo funcionan los excedentes de cotización en sí.

¡No te preocupes! Te dejamos un ejemplo para ilustrar la situación de los excedentes de cotización de un afiliado o afiliada a una isapre:

ejemplo excedentes de cotización defensoría salud

¿Cómo saber cuánto tengo en excedentes? 

Si un afiliado o afiliada tiene excedentes, debe contar entonces con una cuenta corriente individual de excedentes de cotización, de la cual puede conocer su estado solicitando la información directamente con su isapre. 

Las isapres, como mínimo, deben informar al afiliado o afiliada del estado de su cuenta con al menos 3 meses de anticipación al cumplimiento de la anualidad del contrato de salud. Uno de los requisitos necesarios para poder recibir esta información por parte de la isapre es mantener actualizado el domicilio actual en la institución de salud. 

¿Puedo disponer de mis excedentes como yo quiera?

Los afiliados pueden elegir con libertad cómo determinar el uso de sus excedentes pero siempre y cuando sea entre las alternativas que ofrece la ley. Pueden elegir el prestador con el cual hará uso de sus excedentes sin que su isapre tenga incidencia en su decisión, es decir, las isapres no pueden limitar o aplicar algún tipo de restricción en el uso de los excedentes por parte de socios o afiliados y afiliadas. 

Asimismo, los prestadores tendrán el derecho a recibir el pago de sus prestaciones, con cargo al saldo disponible que cada afiliado o afiliada posea en su cuenta individual de excedentes.

¿Los excedentes sufren reajustes monetarios?

Sí, estos fondos se reajustan de acuerdo a la variación experimentada por el IPC. De este modo, obtendrán el interés promedio pagado por los bancos en operaciones reajustables de no más de un año, según el Banco Central de Chile. 

Hablemos sobre excedentes y excesos

Muchas veces he oído hablar de excedentes y excesos, ¿Son lo mismo? ¿En qué se diferencian? 

Los excedentes y excesos son parte de los dineros que se generan por una cotización de salud previsional mayor a la que corresponde a cada persona, pero no son iguales ni significan lo mismo. 

Los excedentes, como ya lo vimos, son una diferencia monetaria entre la cotización legal obligatoria del 7% y el precio del plan de salud contratado con una isapre. Los excesos, por su parte, se pueden producir de dos formas: 

  • Cuando los trabajadores o trabajadoras pagaron cotizaciones sobre el 7% de su remuneración, cuyo tope legal es de 81,7 UF para el 2021. 
  • Cuando los empleadores pagaron, por error, dos veces las cotizaciones de sus trabajadores o trabajadores en un mismo periodo.
  • Cuando al afiliado se le ha concedido un recurso de protección, ordenando la Corte de Apelaciones restablecer el precio anterior a alza o rebajar el precio del plan, según corresponda.  

Los excesos, además, deben ser devueltos a los afiliados y afiliadas en forma de dinero. Las isapres tienen el deber de notificar y hacer efectiva la devolución de estos. 

Y ¿Cómo sé si tengo excesos?

Si recuerdas haber cotizado más de tu 7% pactado en algún mes del año producto de gratificaciones, errores en los descuentos, aumento de sueldo, entre otros motivos, dirígete a tu isapre y presenta dos copias de tus liquidaciones de sueldo. Con ellas podrás solicitar una revisión de las cotizaciones pagadas en exceso.

¿Cómo podría aumentar mis excedentes?

Tanto el Tribunal Constitucional como la Corte Suprema han declarado INCONSTITUCIONAL la aplicación de factores de riesgo en el cálculo del precio de un plan de salud y han ordenado rebajar el precio de los planes de salud para: 

  1. Mujeres y hombres mayores de 40 años.
  2. Madres o padres con cargas en su plan.
  3. Mujeres menores de 40 años y en planes de maternidad celebrados con anterioridad al 1 de abril de 2020.

Si estás en uno de estos grupos puedes gestionar la rebaja de tu plan con nosotros, sin costo alguno para ti y completamente en línea. ¡Sólo debes llenar nuestro formulario!

Tras la rebaja de tu plan, si ya recibes excedentes, aumentaras en su monto; y si no recibes, puede que ahora empieces a recibirlos.

(Fuente: Superintendencia de Salud)

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