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Hace ya muchísimos años que se viene interpelando a las instituciones por subestimar la importancia de una mente sana.

Luego de mucha insistencia, en marzo de 2022 entró en vigencia la llamada Ley de Salud Mental la cual declara que todos los planes de salud deben tener igual cobertura entre las prestaciones de salud mental y de salud física. Esto significa que si cuentas con 90% de reembolso en consulta médica, deberás obtener 90% de reembolso en consulta psicológica.

Sin embargo, al día de hoy, las Isapres siguen sin igualar las coberturas de todos los planes anteriores al 2022, obligando así a sus afiliados a reclamar ante las Cortes para mejorar el porcentaje de reembolso.

 

 

Las Cortes de Apelaciones le han dado la razón a las y los afiliados

Desde los inicios de esta ley, nuestro equipo jurídico detectó que las Isapres no cumplirían la Ley e ideó una estrategia judicial para exigir la igual cobertura para mejorar el porcentaje de reembolso en salud mental. Con más de un año de experiencia y perfeccionamiento en este recurso de protección, hemos logrado una acogida generalizada y jurisprudencia favorable tanto en las Cortes de Apelaciones como en la Corte Suprema, que ordena a las Isapres a equiparar las prestaciones de salud mental y las prestaciones de salud física en todo plan.

Para el año 2022, la Tercera Sala de la Corte Suprema resolvió a nuestro favor: “Que, sobre la base de todo lo anterior, y considerando que los contratos de salud deben conformarse a las normas vigentes, más aún cuando el ajuste tiene por objetivo resguardar la garantía constitucional de la igualdad, al prohibir la discriminación, por lo que cabe concluir que no procede permitir la vigencia de estipulaciones contractuales que limiten la cobertura de las prestaciones referidas a salud mental, toda vez que las mismas se encuentran prohibidas para este tipo de contratos al atendar contra el ordenamiento jurídico”. (Rol 134352-2022)

Las Cortes de Apelaciones han continuado el 2023 con esta misma aceptación: “Que, en consecuencia, el actuar de la recurrida importa una vulneración del derecho a la igualdad y la no discriminación arbitraria, establecido en el artículo 19 Nº 2 de la Carta Fundamental, concretizando por el artículo 9 Nº 16 de la Ley 21.331, para las coberturas de prestaciones de salud mental. En efecto, aparece evidente que el actuar de la ISAPRE recurrida es ilegal, ya que, actualmente no le es permitido establecer para las prestaciones de salud mental coberturas restringidas, ni topes menores que los establecidos para las prestaciones relacionadas con la salud física, tal como fue la voluntad del legislador al dictar dicha ley, por lo que esta acción constitucional debe prosperar”. (Corte de Apelaciones de Concepción, Rol 5310-2023)

Como puedes ver, los Tribunales ya han dejado claro que se encuentra prohibida la cobertura restringida en salud mental y, por tanto, las Isapres deben equiparar la cobertura de salud física con la de salud mental.

En cada recurso que hemos ganado, las Isapres son ordenadas al cumplimiento efectivo de aumentar tu cobertura, ¡es el próximo supremazo!
Consalud ya tuvo que igualar y lo mismo será para todas las Isapres:

 

Reclamando podrás elegir al profesional que más te acomode:

Si bien hay muchas afecciones que ya se encuentran dentro del Régimen de las Garantías GES, hay algo que debes saber: actualizar tu plan y equiparar las coberturas, te permite además ¡elegir al profesional de la salud que más se acomode a tus necesidades!

Así, obtienes la libertad de elegir a tu propio profesional, obtienes coberturas razonables (sabemos que los tratamientos por salud mental no son de un día para otro), y reduces los costos para recibir la ayuda que realmente necesitas. Todos estos beneficios tanto para ti como para todas las cargas que tengas incorporadas a tu plan.

¿Significa esto que no debes activar GES en afecciones de salud mental? Muy por el contrario. Como dato extra, si tu afección de salud mental está dentro de las Garantías GES, lo más óptimo que puedes hacer es continuar en GES para la cobertura de tus medicamentos y utilizar tu plan de Isapre -con la cobertura ya mejorada- para elegir el mejor profesional y el mejor tratamiento.

 

 

Olvídate del psiquiatra que ni siquiera te mira o del psicólogo que se pasa pegado al reloj. Esta reclamación es tomar el control de tu vida.

¿Quienes pueden reclamar?

Desde marzo 2022 la Superintendencia de Salud exigió a las Isapres que sólo pueden comercializar planes que ya tengan equiparadas las coberturas de salud mental y salud física. En teoría, si contrataste tu plan post marzo 2022 no necesitas reclamar, pero ¡ojo! es muy común que al momento en que ocupas prestaciones de salud mental, las Isapres no cumplan, no te den la misma cobertura y que limiten la disponibilidad de convenios con prestadores preferentes. Triste, pero cierto. Las Instituciones de Salud Previsional siguen con sus malas prácticas. Si te encuentras en estos casos, contáctanos y podremos ayudarte a exigir que cumplan tus derechos y beneficios.

Además, como las Isapres tampoco actualizan por mera voluntad los planes previos a marzo 2022, para obtener la cobertura igualitaria que te otorga la Ley de Salud Mental, es necesario reclamar ante las Cortes de Apelaciones. No te preocupes, ya tenemos todo el camino hecho para asegurar que tendrás éxito en tu reclamación.

Así, sea que las Isapres estén incumpliendo con tu plan equiparado o bien quieras lograr el aumento de cobertura que te corresponde o necesites más prestadores preferentes, PUEDES RECLAMAR.

 

Libertad, calidad, acceso y a menor costo. Estos son los resultados que puedes obtener con nuestra reclamación y finalmente, lo que consigues para proteger tu salud mental. Sólo haz click en el botón a continuación y nos contactaremos contigo para iniciar tu defensa.

 

En Defensoría Salud nos comprometemos con una defensa segura, estratégica y simple. Combinamos herramientas tecnológicas que nos permiten la creación de servicios jurídicos más accesibles para luchar por una mejor protección de tus derechos de salud.

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