¿No tuviste afinidad con el prestador de salud mental que te asignaron? ¿Te rechazaron alguna licencia? ¿Te cobraron más de la cuenta por la consulta psiquiátrica u hospitalización? Ninguna de estas prácticas es legal, sin embargo, muchas Isapres continúan aplicándolas. ¡Te contamos qué hacer para defender tus derechos!
El año 2021 entró en vigor la nueva ley 21331, que permite aumentar la cobertura en prestaciones de salud mental. Esta modificación se dio en el contexto pandémico, que llevó al aumento de consultas por este ítem. La contingencia hizo percibir un creciente deterioro en el bienestar psíquico de las personas, aumentado por el encierro y la ansiedad que el brote de coronavirus provocó en la población.
En 2020, la bonificación efectiva promedio frente a prestaciones de salud mental fue del 28,9%, cifra considerablemente menor a la que las Isapres solían entregar a las atenciones físicas (61,8%) configurándose así una brecha de cobertura de -32,9 puntos porcentuales en desmedro de las atenciones psicológicas o psiquiátricas, lo cual era abiertamente discriminatorio.
Ley de Salud Mental
Fue así que se creó la Ley de Salud Mental, que equipara la cobertura de las atenciones físicas con las de tipo psiquiátrico o psicológico, eliminando así la discriminación arbitraria hacia quienes precisan de estos tratamientos.
En virtud de la ley 21221, las Instituciones de Salud Previsional no podrán ofertar planes de salud que restrinjan la cobertura relacionada con enfermedades mentales, discapacidades psíquicas u otros trastornos. Tampoco podrán establecer topes de bonificación ni máximos por año que difieran de los que se han dispuesto para las atenciones de salud física.
Además, la nueva normativa prohíbe que los planes suscritos a partir del 1 de marzo de 2022 “filtren” a los pacientes psiquiátricos a través de la declaración de salud. Las Isapres tampoco podrán consultar antecedentes relativos a dichos diagnósticos. Con todas estas indicaciones, las coberturas de salud mental tendrán que ser iguales a cualquier otro problema de salud que afecte al cuerpo.
Pero en la práctica y a tres años de la implementación de esta ley, ¿es tan así? Revisaremos.
Efecto retroactivo
Aunque la normativa es clara en señalar que los nuevos planes de Isapre no pueden otorgar coberturas de salud mental inferiores a las de salud física, no se estableció con claridad qué ocurre en el caso de los antiguos afiliados, abriendo las puertas a nuevos actos discriminatorios, contrarios a la Constitución y a nuestro ordenamiento jurídico.
La jurisprudencia da cuenta de casos en los cuales las Isapres continuaron aplicando coberturas reducidas a los planes suscritos con anterioridad. En este caso, la presentación de recursos de protección (como ocurrió en el caso de una afiliada en Antofagasta) han permitido corregir este vacío.
La Corte de Apelaciones de la mentada ciudad señaló que en el numeral 6 del artículo 20 de la Ley de Salud Mental se indica expresamente que: “la atención de salud no podrá dar lugar a discriminación respecto de otras enfermedades, en cuanto a prestaciones o cobertura de salud, así como en su inclusión educacional o laboral”.
Aunque la Isapre en cuestión alegó extemporaneidad, aduciendo que la ley 21221 no tiene efectos retroactivos, este argumento fue rechazado por la C.A, apoyándose también en la circular IF/ N°396 de la Superintendencia de Salud, la cual indica que:
““Considerando que los contratos de salud deben conformarse a las normas vigentes, más aún
cuando el ajuste tiene por objetivo resguardar la garantía constitucional de la igualdad, al prohibir la discriminación, cabe concluir que no procede permitir la vigencia de estipulaciones contractuales que limiten la cobertura de las prestaciones referidas a la salud mental, toda vez que las mismas se encuentran prohibidas para este tipo de contratos al atentar contra el ordenamiento constitucional”.
Por esto, es necesario que conozcas tus derechos y reclames si tu plan de Isapre sigue dando más cobertura a tus atenciones de salud física que a aquellas relacionadas con tu bienestar psicológico. Ambos ámbitos son igualmente importantes y están resguardados por la nueva ley.
H2: ¿Qué ocurre si mi licencia es rechazada?
Como te explicamos en otra entrada, solía ser bastante usual que las licencias médicas por problemas psiquiátricos fueran rechazadas, al no tratarse de una dolencia “tangible”, como lo sería una afección de tipo físico u orgánico. No existe una ecografía o analítica de sangre que demuestre específicamente si alguien está padeciendo depresión, estrés, ansiedad generalizada u otro trastorno de salud mental.
Lo anterior, en conjunto con una serie de casos de profesionales inescrupulosos que vendieron estas licencias, puso en tela de juicio su emisión, perjudicando así a aquellos pacientes que realmente las necesitan. Sin embargo, la nueva Ley de Salud Mental impide que se hagan discriminaciones arbitrarias cuando se trata de tu bienestar emocional.
Por eso, si tu descanso por salud mental es rechazado, puedes hacer tu reclamo en la Corte de Apelaciones. Ahí debes presentar un recurso de protección, solicitando la asesoría de un abogado competente. Este profesional puede diseñar una estrategia a tu medida conforme a la causal de rechazo. Sin embargo, ten presente que con la nueva ley, ya no aplica denegar de manera arbitraria tu derecho a reposo.
¿Puedo elegir libremente al profesional que me atenderá?
¡Claro! Si escoges a algún prestador que tenga convenio con tu Isapre, podrás comprar el bono directamente en la consulta a través de iMed o por los mecanismos que tu aseguradora disponga. En caso de que tu psicólogo o psiquiatra sea un particular, debes pedirle que te dé una boleta para luego gestionar el reembolso.
¿Cuáles son los principales trastornos de salud mental presentes en Chile?
En nuestro país existen varios trastornos de salud mental cuya incidencia es más o menos común. A continuación, te contamos cuáles son los principales.
Depresión
La depresión es uno de los trastornos mentales más frecuentes. Se caracteriza por una persistente sensación de tristeza, anhedonia (pérdida de interés o placer en las actividades diarias), cambios en el apetito o en los patrones del sueño, fatiga y dificultades para concentrarse.
Trastornos de ansiedad
Los trastornos de ansiedad, como el trastorno de ansiedad generalizada (TAG), las crisis de pánico, el trastorno obsesivo compulsivo (TOC) y el estrés postraumático, son bastante comunes en Chile. Estas afecciones se caracterizan por la presencia de ansiedad intensa y preocupación excesiva que puede interferir con la vida cotidiana.
Problemas con el uso de sustancias
El consumo de sustancias como el alcohol y las drogas (legales o no) también son un fenómeno recurrente, que puede impactar de manera considerable la vida del paciente, incluyendo la dependencia y el síndrome de abstinencia. El uso de estas sustancias afecta en forma severa la rutina del afectado y su entorno y requiere de un tratamiento constante y riguroso.
Trastornos alimenticios
La anorexia nerviosa, la bulimia y el trastorno por atracón también son problemas comunes en Chile. Estos trastornos están relacionados con una preocupación obsesiva por la alimentación, el peso y la imagen corporal. En muchos casos han sido fomentados por los medios de comunicación y los estereotipos culturales de la belleza.
Trastornos del ánimo
Además de la depresión, los trastornos del ánimo incluyen la bipolaridad, caracterizada por ciclos en que el estado de ánimo cambia de manera extrema. Así, el paciente puede pasar un par de semanas totalmente eufórico y lleno de energía y luego atravesar un periodo de total decaimiento que interfiere con su desempeño.
¡Haz valer tus derechos!
Si estás padeciendo alguno de estos trastornos u otro que no está incluido en la lista, queremos que sepas que no estás solo. Son muchos los chilenos que sufren en silencio la misma condición y es tu derecho recibir un tratamiento que garantice tu bienestar y el poder desarrollarte plenamente como persona.
Estas afecciones impactan tu vida de forma similar que una dolencia física. Por eso, debes prestarles atención y cuidado.
Ya sabes que la ley te ampara. Si tu Isapre incurre en alguna falta o discriminación respecto de tu condición, tienes que apelar y hacer exigibles tus derechos. En Defensoría Salud con gusto te ayudaremos, para darte orientación o presentar tu caso ante la Corte de Apelaciones. ¡Haz valer tu salud integral! Es tu derecho.